El Supremo cierra la vía contra Bolaños
“La justicia no se ejerce con presunciones, sino con pruebas.” — Montesquieu
Una lección jurídica desde lo alto
El Tribunal Supremo ha cerrado con firmeza el intento del juez Juan Carlos Peinado de encausar a Félix Bolaños, actual ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. El alto tribunal no ha dejado espacio a la duda: no existe “el más mínimo respaldo indiciario” que justifique una investigación por los presuntos delitos de malversación y falso testimonio relacionados con el caso de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno.
La Sala de lo Penal ha archivado la exposición razonada enviada por Peinado, marcando un nuevo límite a lo que considera un exceso procesal. Según argumentaron los magistrados del Supremo —en una resolución de nueve páginas—, no se puede atribuir responsabilidad penal a un cargo público únicamente por el ejercicio de sus funciones ni por meras conjeturas.
Indicios que nunca lo fueron
Peinado sostenía que Bolaños podría haber incurrido en delitos en 2018, cuando La Moncloa contrató a una asesora para acompañar a Begoña Gómez. Pero el tribunal desmonta ese enfoque: ni hay una descripción clara del vínculo administrativo ni una demostración de participación directa por parte del entonces secretario general de la Presidencia.
“No se especifica la unidad administrativa donde actuó la asesora, ni se describe una desviación dolosa de funciones”, indica el auto, que también rebate la acusación de falso testimonio, afirmando que el derecho a no autoincriminarse prevalece si se pretende convertir a un testigo en investigado, como pretendía Peinado.
El Supremo censura el método
Además de rechazar la causa, el Supremo censura la forma. La exposición fue enviada sin contar con la Fiscalía, algo que, aunque no obligatorio en todos los casos, sí se considera una práctica judicial recomendable, especialmente en asuntos de esta envergadura. Los jueces lo dejaron claro: “esa omisión es extraña a la forma de proceder habitual”.
Peinado también omitió en su escrito un informe remitido por la Secretaría General de la Presidencia sobre el procedimiento de nombramiento de la asesora, documento que —según el tribunal— era clave para entender el contexto y la legalidad de dicho acto. Esa omisión fue interpretada por los magistrados como una falta grave en la presentación del caso.
El Gobierno, menos expuesto
Aunque el caso estaba centrado en Bolaños, su proyección política era mayor: la figura del ministro se había convertido en otro frente para la oposición, que lo utilizaba como extensión del caso que involucra a la esposa del presidente y, más recientemente, al hermano de Pedro Sánchez.
Esta decisión del Supremo amortigua ese impacto. Al no haber ni causa judicial ni apertura de juicio oral, el ministro gana tiempo, evita desgaste institucional y político, y permite al Gobierno recuperar aire en medio de un contexto adverso. En definitiva, se apaga —al menos por ahora— un foco de erosión mediática.
Frente a la sospecha, la ley
El Supremo concluye que sin prueba objetiva no hay caso. La discrepancia entre declaraciones —como la que supuestamente existe entre Bolaños y el responsable de personal de Moncloa— no es suficiente para acusar a nadie de falso testimonio. “Solo hay falso testimonio si existe una verdad judicial ya establecida”, recalca el auto.
De fondo, esta decisión no solo protege a un ministro, sino que reafirma un principio elemental del Estado de derecho: la justicia no es un campo de ensayo para sospechas ni una herramienta política, sino un lugar de rigor donde toda acusación debe ir respaldada por evidencias firmes y procedimientos limpios.
VOCES QUE RESISTEN
“No hay justicia sin pruebas. Pero hay daño cuando el derecho se convierte en espectáculo.”
La política española vive días ásperos. Pero cada vez que una institución recuerda los límites, se enciende una luz para la democracia. Porque el ruido no debe ser más fuerte que la ley.
RCJ Digital
Fuente integrada al relato: EL PAÍS
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