La decisión que le da aire al fiscal
Cuando la prudencia judicial se convierte en estrategia de oxígeno para los altos cargos
“Nada hay más engañoso que una evidencia mal interpretada.” — Sherlock Holmes (A. Conan Doyle)
— según informa EFE, agencia de noticias —
El juez Ángel Hurtado ha optado por suspender las actuaciones en la causa abierta contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, a la espera de que la Sala de lo Penal resuelva los recursos de apelación presentados por ambos contra el auto de procesamiento dictado en su contra por un presunto delito de revelación de secretos.
Aunque la ley no establece esta suspensión como obligatoria, Hurtado ha argumentado que, por razones de prudencia judicial, resulta oportuno congelar el avance del proceso para evitar disfunciones jurídicas que podrían comprometer su validez futura. Esta pausa, más allá de su cobertura legal, representa un beneficio táctico para García Ortiz en varios planos esenciales.
En primer lugar, el fiscal general gana un margen temporal sustancial. Mientras la Sala delibera, se paraliza toda acción procesal, lo cual significa que no se dictará aún un auto de apertura de juicio oral, ni se desencadenarán exposiciones públicas que podrían aumentar el coste político y mediático del caso. Esta dilación no es inocua: es tiempo ganado en un tablero donde cada día puede mover el equilibrio de poder.
En segundo término, la paralización del procedimiento judicial contribuye a desactivar —al menos temporalmente— una de las principales ofensivas políticas que la oposición ha empleado para erosionar al Ejecutivo. La imagen del fiscal general del Estado, aún sin sentencia, se había convertido en un emblema del discurso crítico hacia el Gobierno, enlazado estratégicamente con otros casos como los que involucran a la esposa y al hermano del presidente. Al frenar el proceso, se amortigua el impacto reputacional sobre la Fiscalía y se evita que su figura quede expuesta a un juicio mediático prematuro, protegiendo así tanto la institucionalidad como la estabilidad del entorno gubernamental.
A ello se suma un beneficio jurídico clave: permite a la defensa concentrar toda su energía en la apelación ante la Sala, sin la presión añadida de un procedimiento en marcha. Esta decisión no solo optimiza recursos, sino que refuerza una estrategia que busca desmontar el procesamiento desde sus cimientos, a través del órgano competente y no en batalla directa con el instructor.
Finalmente, el hecho de renunciar al recurso de reforma y acudir directamente a la apelación ante la Sala de lo Penal añade una capa de legitimidad formal al recurso: se presenta como una acción seria, argumentada y urgente, más propia de quien defiende principios jurídicos que de quien maniobra para eludir la responsabilidad. Desde esa perspectiva, el fiscal se posiciona en un terreno técnico y sobrio, alejado del ruido mediático.
VOCES QUE RESISTEN
“Suspender no es absolver, pero sí cambiar el terreno del combate. Lo que hoy se detiene, mañana puede morir por inanición procesal o por una decisión de archivo. El tiempo también juzga.”
— RCJ
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